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Firmado el calendario laboral del sector de la Construcción en la provincia de Santa Cruz de Tenerife para el año de 2027

Fepeco,Fica-UGT y CCOO del hábitat de Canarias han firmado el acuerdo conjuntamente

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Redacción Tagoror Digital · 1 min de lectura
Firmado el calendario laboral del sector de la Construcción en la provincia de Santa Cruz de Tenerife para el año de 2027
De izquierda a derecha: Beatriz Méndez (FICA-UGT), Olga Sanfiel (FEPECO), Yurena Mejías (CCOO Hábitat) y Vanesa Díaz (FEPECO) | CEDIDA

29.10.2026 | Santa Cruz de Tenerife

Para la isla de Tenerife se agregará: 01 de febrero. Para la Isla de La Palma, 06 de agosto

Las horas restantes: Para Tenerife y La Palma 32 horas (4 días) y para La Gomera y El Hierro 40 horas (5 días) que se podrán solicitar:

Para acumular al período de vacaciones anuales

Para asuntos propios, pudiéndose solicitar, al menos 8 horas, distribuidas en diferentes días.

Para solicitar estos días, se tendrán que preavisar con un mínimo de 48 horas de antelación, de común acuerdo, en caso de que la empresa los deniegue, ésta lo deberá argumentar por escrito a la persona trabajadora.

De común acuerdo, la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras podrán fijar una distribución distinta de los días establecidos en los acuerdos Primero, apartados a) y b) y Segundo, dichos acuerdos, de producirse, deberán ser notificados a la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial antes del 31 de enero de 2027.

Las empresas del Comercio de la Construcción, por la competitividad existente en el mercado y ante las dificultades que las mismas puedan tener por las circunstancias de su actividad, acordaran con los representantes legales de las personas trabajadoras, una distribución distinta de los días pactados fijando el acuerdo en su calendario laboral, respetando en todo momento la jornada semanal de 40 horas distribuidas de lunes a sábados y el cómputo máximo anual de 1.736 horas.

Los acuerdos aquí tomados entrarán en vigor desde el momento de la firma de la presente acta, con independencia de la fecha en la que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia.